Monday, March 22, 2010

LA LIEBRE Y LA TORTUGA

Desde que Mons. Romero fue asesinado aquel lunes 24 de marzo de 1980 comenzaron a correr paralelamente dos procedimientos legales con fines diferentes y herramientas distintas: la investigación del crímen por las autoridades del estado, y el proceso de canonización de la Iglesia Católica. No todos lo reconocen pero ambos procesos son esencialmente procedimientos jurídicos. El proceso de canonización es en base al antiguo derecho canónico, el sistema jurídico vigente más antiguo del mundo occidental, que data a los códigos romanos.

De hecho, la terminología de la canonización, que trata de "mártires" y "confesores" -- las dos clasificaciones de todos los candidatos propuestos a la santidad -- se remonta a la historia primitiva de la iglesia. En aquellos tiempos, los cristianos comenzaron a valorar con mucho fervor el ejemplo de aquellos que sufrían persecución por causa de su fe. Tanto que llegaron a referir como "mártires" -- que significa "testigos" o "videntes" -- a todos aquellos que llegaron a sufrir la muerte por seguir a Cristo. Cuando los testigos de haber visto a Cristo en vida comenzaron a desaparacer por la muerte natural tras el pasar de los años, a los que "conocieron" a Cristo a través del sufrir la misma suerte que Él, se les concedió esa clasificación, de ser mártires o testigos de Cristo. Usualmente, cualquiera que fuese acusado de ser cristiano podría sufrir esa suerte. Pero algunos, a pesar de confesaban su cristianismo al ser acusados, no se les mataba por alguna dada razón. Pero de todos modos, por haber estado dispuestos a aceptar ese destino, sus hermanos cristianos les reconocieron su merito, concediendo a los "confesores" el mismo prestigio del altar con que se veneraban a los "mártires."

Y desde allí vienen las categorías que se siguen usando hasta hoy en el lenguaje de la canonización. Pero, también existió desde el principio, una inter-dependencia entre la ley del estado y la ley de la Iglesia. Los hallazgos correspondientes de los casos se basaron estrictamente en los archivos de la persecución, y los expedientes romanos del imperio que acusó a los confesores y condenó a los mártires, de tal manera que cuando la Iglesia se alejó de los casos romanos, se llevo la práctica y los procedimientos jurídicos en que se basó en su momento, y ahora el trámite de canonización sigue siendo un tribunal romano como en la antigüedad. Por eso, un trámite de canonización es bastante limitado en su alcance, es lento, es inflexible, es casi inepto.

En una competición entre un proceso de canonización y una investigación del estado, no debería haber verdadero concurso: es la carrera proverbial entre la liebre y la tortuga. La investigación civil o penal responde a las exigencias de la justicia, a los gritos de las víctimas, y hace carrera contra fechas límites, de la prescripción acciones (o el vencimiento de las penas que se pueden tramitar), la desaparición de testigos y pruebas, y de la misma muerte de los acusados. La investigación civil o penal debe ser ágil para poder ganar la carrera a todas estas fuerzas que juegan en su contra.

No así un proceso de canonización. Su tiempo es la eternidad. El santo ya está no solamente muerto sino que en el cielo hasta el fin del mundo. No hay ninguna prisa. Además, debido a sus limitaciones, la canonización debe esperar a que la justicia terrestre pueda esclarecer los hechos, finalizar las debidas investigaciones y diligencias de la justicia. Sin embargo, en el caso Romero, la liebre y la tortuga no solo están empatadas, sino que se puede argumentar con mucha seriedad que la tortuga ha llegado a estar mucho más adelantada que su contraparte.

A CONTINUAR...